El coordinador diocesano

Según el Estatuto Diocesano vigente en Chile, la Dirección Diocesana del Movimiento tiene la responsabilidad inmediata por las Ramas de la Liga Apostólica y el Movimiento Popular y de Peregrinos en la diócesis.

P. Rafael Fernández

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1. Carácter

Según el Estatuto Diocesano vigente en Chile, la Dirección Diocesana del Movimiento tiene la responsabilidad inmediata por las Ramas de la Liga Apostólica y el Movimiento Popular y de Peregrinos en la diócesis (cfr. E.D. II.1). Esta Dirección Diocesana es presidida ordinariamente por un Director Diocesano, cuyas funciones están descritas en el Estatuto Diocesano. También pertenecen a la Dirección Diocesana los jefes diocesanos de las Ramas de la Liga, el encargado oficial del Movimiento Popular y de Peregrinos, e invitados, entre los cuales se cuenta normalmente a algunos asesores, miembros de la Central Nacional del Movimiento.

En las diócesis donde no existe un Director Diocesano (o éste se encuentra impedido temporalmente de ejercer su cargo) puede ser nombrado un Coordinador Diocesano.

2. Nombramiento

El nombramiento oficial de un Coordinador Diocesano ocurre en una diócesis en la cual ya están formadas varias Ramas y donde, por eso, sus Jefes de Rama ya han constituido una Dirección Diocesana. Este nombramiento corresponde al Consejo Nacional de Familia, en conversación con los asesores y la Familia del lugar. El nombramiento se hará por dos años, pudiendo sin embargo el Consejo Nacional de Familia determinar un período de menor o mayor duración según las conveniencias locales. Puede ser nombrado Coordinador Diocesano un sacerdote, un laico o un matrimonio perteneciente a la Familia de Schoenstatt de la diócesis en cualquiera de sus formas particulares (Instituto Secular, Federación Apostólica, Liga Apostólica o peregrinos). Normalmente no detenta el cargo de Coordinador Diocesano uno de los Jefes de Rama.

En una diócesis donde el Movimiento sólo existe de manera incipiente y no se han constituido en ella Ramas ni existe Dirección Diocesana, así como también en todo otro lugar, el nombramiento de un encargado general de la coordinación de los grupos existentes le corresponde normalmente a la Central Nacional, previas las consultas necesarias.

3. Funciones

El Coordinador Diocesano tiene las siguientes funciones:

a. Preside las reuniones de la Dirección Diocesana y confecciona la tabla de materias a tratar, recogiendo las sugerencias que le sean hechas por los jefes diocesanos.

b. Es el nexo con el Obispo, manteniendo contacto con él y con las instancias diocesanas, y procurando traer al Movimiento las inquietudes y corrientes de la Iglesia en la diócesis.

c. Coordina las actividades comunes del Movimiento, como Misas de 18, Aniversarios, Jornadas, etc.

d. Cuando el Coordinador Diocesano es un sacerdote, tiene éste la responsabilidad de velar por la dirección del Movimiento Popular y de Peregrinos junto al Santuario diocesano.